La CE ha establecido la plantilla de un certificado para los trabajadores del transporte internacional, que debe de firmar su empresa empleadora, que certifica que el conductor esta llevando a cabo actividades profesionales en el transporte internacional. Este certificado se recomienda para los conductores de camiones que viajan por otros medios (autobús, automóvil, tren, etc.), para que acrediten su actividad profesional. Esto incluye a conductores de vehículo LCV que no tienen licencia C ó D.

Los conductores profesionales que realicen su labor con su camión no necesitan tener este certificado.

En resumen, el documento de identificación del conductor, su certificado de competencia profesional, y el certificado a que hemos hecho referencia son los únicos que pueden ser exigidos a estos trabajadores, y deben de aceptarse como prueba suficiente de su actividad profesional en el transporte internacional por todas las autoridades de la U.E.

Enlaces

Atención al Socio

Horario

Ubicación

Newsletter