Hoy, 16 de abril de 2020, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, la Resolución de 14 de abril de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre, complementaria de la Resolución de 2 de abril de 2020, por la que se dictan instrucciones para la distribución de las mascarillas en el ámbito del transporte terrestre.
Se adjudican las siguientes mascarillas a las empresas autorizadas de transporte por cada vehículo que tengan adscrito a la autorización:
• Las empresas autorizadas a realizar transporte público de mercancías recibirán 4 mascarillas por cada vehículo con MMA superior a 3,5 toneladas.
• Las empresas autorizadas a realizar transporte público de mercancías recibirán 4 mascarillas por cada vehículo con MMA que no supere las 3,5 toneladas.
La forma de determinar la cantidad de mascarillas que le correspondan a cada empresa se hará de oficio por parte de la DG de Transporte Terrestre a partir de la información contenida en el RETA.
Reparto se llevará a cabo de la misma manera en el que se llevo el anterior, mediante el uso de las oficinas de Correo. Y para recogerlas se necesitará acreditar que se tiene representación suficiente, en caso de que no vaya a recogerlas el titular de la autorización.
El tiempo con el que se cuenta para poder hacer la recogida es de 7 días naturales desde la puesta a disposición en las oficinas de Correos.
La página web donde ver la asignación sigue siendo la misma.
(https://www.mitma.gob.es/transporte-terrestre/profesionales-transporte/distribucion-mascarillas-ambito-transporte-terrestre)


Se remite la resolución a nuestros socios por correo electrónico.

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