En el Real Decreto-ley 26/2020, hoy publicado, a parte de contener las medidas de las que ya hemos informado, contiene una modificación de la Disposición transitoria quinta del Real Decreto 70/2019, que modificaba el ROTT, en su Disposición final séptima.
Mediante esta modificación se indica que los apartados 3,5, 6, 7, 8, 9 y 10 del anexo II del ROTT no se van a aplicar hasta el 1 de enero de 2022 y hasta entonces se va a aplicar, para la realización de los exámenes de competencia profesional las reglas que contienen los artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 y en el anexo B) de la Orden ministerial de 28 de mayo de 1999, por la que se desarrolla el capítulo I título II del ROTT.
Y mediante la Disposición final decimocuarta se mantiene el rango reglamentario de la norma que se está modificando.

Por, tanto, se prorroga el régimen existente para la realización de los exámenes y obtención de las titulaciones hasta el 01-01-2023.

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