El día 23 de julio se ha publicado en el BOE el Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, Programa Auto+, que entró en vigor el 24 de julio.
Enlace al Real Decreto 609/2026:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-16010
Algunos de los aspectos más relevantes de las bases reguladoras son los siguientes:
• Hay dos líneas de financiación diferenciadas: la Línea 1 es para particulares (personas físicas que no realicen actividad económica) en adquisición directa de vehículos y la Línea 2 para empresas y autónomos en su adquisición directa para leasing o renting (contrato mínimo de tres años). Quedan excluidos autocares y autobuses (M2 y M3) y camiones y furgones (N2 y N3); las furgonetas y camiones ligeros N1 sí son elegibles.
• Las ayudas incluidas en la Línea 1 quedan limitadas a un vehículo por beneficiario.
• En el caso de la Línea 2, se podrá obtener ayuda para un máximo de diez vehículos por beneficiario en el caso de empresas y de tres vehículos en caso de personas físicas que desarrollen una actividad económica.
• Las ayudas previstas se concederán de forma directa por orden de presentación hasta agotar presupuesto.
• La vigencia del Programa Auto+ finalizará el 31 de diciembre de 2030.
• Para la convocatoria correspondiente al año 2026, se aceptarán como vehículos subvencionables los vehículos nuevos matriculados por primera vez a nombre del beneficiario en una fecha igual o posterior al 1 de enero de 2026, y otros vehículos cuya primera matriculación como vehículo nuevo se haya efectuado con fecha igual o posterior al 1 de enero de 2025, siempre que cumplan con el resto de los requisitos establecidos en estas bases y en la convocatoria correspondiente.

Las categorías elegibles de los vehículos e importes máximos de ayudas son los siguientes:
• Turismos (M1), Furgonetas o camiones ligeros (N1), motocicletas, cuadriciclos ligeros y pesados que tengan la etiqueta CERO: eléctricos puros (batería y célula de combustible) y electrificados (autonomía extendida e híbridos enchufables)
• La ayuda efectiva se calcula como porcentaje de esos máximos, sumando tres criterios: eléctrico (50 % puros / 25 % PHEV y EREV), económico (25 % hasta 35.000 € y 15 % por encima) y europeo (15 % por montaje en la UE y 10 % adicional por batería europea). Solo un eléctrico puro de menos de 35.000 € fabricado en la UE llega al 100 %.
• Línea 1: M1 (4.500 euros), N1 (5.000 euros), motocicletas (1.100 euros) y cuadriciclos (1.500 euros)
• Línea 2:
o Autónomos o microempresas: M1 (6.000 euros), N1 (7.500 euros), motocicletas (1.100 euros) y cuadriciclos (1.500 euros)
o Resto de empresas: M1 (4.500 euros), N1 (5.000 euros), motocicletas (1.100 euros) y cuadriciclos (1.500 euros)
o Autónomos y microempresas de CNAE elegibles vía Fondo Social para el Clima: M1 (7.000 euros), N1 (12.000 euros), motocicletas y cuadriciclos (2.000 euros), solo para vehículos de emisión cero.

Enlaces

Atención al Socio

Horario

Ubicación

Newsletter