En el BOE del dia de hoy se publica el REAL DECRETO-LEY 9/2020 de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.

Las medidas adoptadas se resumen de la siguiente manera:

Imposibilidad de Despido por causas de fuerza mayor, objetivas y organizativas.

No se pueden extinguir los contratos temporales. Estos contratos se interrumpen en esta crisis y luego continuarán en el momento en que  se hubieran quedado.

Se aprueba la simplificación de los ERTE, con un formulario que tienen que hacer las empresas con los datos de los trabajadores/as para enviarlas a las oficinas de empleo.

Se pone el contador a «0» en la percepción por desempleo.

Se revisarán de oficio todos los ERTE para evitar el fraude, Si se comprueba, las empresas tendrán que devolver lo percibido.

Se han reforzado en mil empleadoslas oficinas del SEPE, para agilizar la tramitación de los expedientes. Las prestaciones se reconocerán con prontitud,  y se van a pagar, como todos los meses, el dia 10. La prestación se pagará de manera inmediata, de forma ordinaria. Y después se abonará la diferencia en cada caso o requisito (si tiene hijos a cargo).

Se envia a nuestros socios el texto completo de la disposición por correo electrónico.

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